Nota publicada en el diario El Cordillerano el 22-10-2017.
A pesar de la distancia, nos llegó con bastante repercusión la resolución de la Audiencia Provincial de Barcelona que manifiesta la necesidad de contar con el consentimiento previo de los dos padres para publicar en cualquier red social la fotografía de su hijo menor de edad.
A pesar de la distancia, nos llegó con bastante repercusión la resolución de la Audiencia Provincial de Barcelona que manifiesta la necesidad de contar con el consentimiento previo de los dos padres para publicar en cualquier red social la fotografía de su hijo menor de edad.
No hace falta ser abogado, ni mucho menos conocer terminología jurídica para entender la trascendencia de esta resolución. Muchas veces la velocidad que nos imprimen nuestros compromisos sociales, también las tecnologías, nos impiden reflexionar sobre cuestiones elementales. Una de ellas es la importancia que tiene la protección de la imagen de los menores.
Un punto que he mencionado en reiteradas oportunidades, pero que vale la pena resaltar nuevamente es que la imagen es propiedad del menor y no de sus padres. Son los menores los titulares de sus derechos, entre ellos el derecho a la propia imagen. Los padres solo deben velar por la protección y obnubilados por los flashes de las redes sociales, lo olvidan por completo.
Además de los peligros sobre los que leemos a diario, como son el morphing para fines pornográficos, la atracción de pedófilos o el grooming, la divulgación de la imagen de los menores es entregar la llave para obtener la ubicación física de tu hijo en tiempo real.
Las fotos que se suben a las redes sociales son registradas y se suman a una base de datos de reconocimiento biométrico. Hace ya varios años que existen aplicaciones para identificar rostros y buscarlos por toda la web, como pueden ser FindFace o NameTag. Estas aplicaciones ofrecen el servicio de reconocimiento facial con capacidad de que a partir de una fotografía puedas encontrar ese rostro en cualquier red social. De ese modo, con una simple fotografía puedo obtener mucha información de cualquier persona.
Ahora pensemos en las cámaras que se encuentran en la vía pública. ¿Acaso no hacen el mismo reconocimiento facial? Entonces, ¿Cuál es la dificultad de que a partir de una fotografía pueda saber en tiempo real la ubicación de una persona?
El reconocimiento facial es una tecnología en constante crecimiento. En el año 2012 el sector representaba mil millones y medio de dólares. Se estima que en el año 2020 esa suma subirá a 20 mil millones de dólares. Hoy en día, los sistemas de reconocimiento facial utilizados en estadios y estaciones de transporte público logran identificar al 99,3% de las personas. Entonces, ¿Cuánto tiempo falta para que todos estemos constantemente controlados?
La resolución que nos llega de España es una muy buena noticia, un llamado de atención y ojalá sirva para que los padres tomen consciencia de que publicar las fotos de los menores no es una decisión que deban tomarse a la ligera. El derecho a la imagen es del menor.
Sebastián A. Gamen
Profesor - Abogado especialista en Derecho informático y Nuevas tecnologías.
Para contacto:
www.sebastiangamen.com sag@sebastiangamen.com