Publicado en el diario El Cordillerano el 02-06-17.
Hoy en día todo se mide por los “likesâ€, esas mini votaciones que a diario hacemos casi sin pensar. Cuanto más “me gusta†acumula una publicación mejor es, pareciera.
Hoy en día todo se mide por los “likes”, esas mini votaciones que a diario hacemos casi sin pensar. Cuanto más “me gusta” acumula una publicación mejor es, pareciera.
Sin embargo, desde Suiza nos llega la noticia de que una persona ha sido condenada a pagar cuatro mil francos de multa por haber dado un “like” a una publicación difamatoria que acusaba de antisemita y racista a Erwin Kessler, un reconocido defensor de los derechos de los animales en ese país.
Para condenarlo, el tribunal de Zurich consideró que el “me gusta” atentó contra el honor de Kessler por ser un apoyo explícito del contenido y contribuir a que los insultos a su persona se propagaran.
En esa misma ciudad, apenas unos meses antes se suscitó una polémica similar cuando otro tribunal debió decidir si retuitear un mensaje difamatorio era delito. En esa oportunidad, el tribunal decidió la absolución de la periodista por la acusación de calumnia y difamación, por considerar que la republicación de un tweet forma parte de la operatoria típica de la red social.
Estas sentencias no son las primeras. En España, Barcelona, un hombre fue condenado por violar la restricción de acercamiento a menos de 300 metros, al comentar y dar “likes” a las publicaciones de su ex pareja. El tribunal al justificar la condena expresó que "dado el funcionamiento de la red social Facebook resulta evidente que el acusado, al acceder al perfil de la denunciante y darle al “me gusta”, lo hizo con la intención y pleno conocimiento de que llegaría y sería visto por la denunciante, titular del perfil, por lo que se trata de un mensaje dirigido a la misma, sin que pueda hacer descansar en la denunciante la obligación de bloqueo o eliminación, pues es el acusado quién tiene la obligación legal de no comunicarse con ella y al hacerlo, aún cuando sea mediante un “me gusta”, infringió la prohibición de comunicación”.
Los me gusta que damos en Facebook forman parte de las comunicaciones no verbales a las que estamos acostumbrados, junto con los emoticones.
El origen de los emoticones es bastante peculiar. Por los años 80´s el profesor de informática Scott Fahlman haciendo un ejercicio con sus alumnos escribió en un mensaje: “Accidente en el departamento de Física. Ascensor contaminado de mercurio. Existe un pequeño riesgo de incendio. La descontaminación terminará a las 8 de la mañana del viernes”. La broma le salió mal. El mensaje se propagó por toda la universidad generando un verdadero caos. A partir de allí, el profesor propuso terminar los mensajes en broma con : - ) .
Desde entonces, el uso de símbolos como forma de comunicación siempre estuvo presente. El uso de los emoticones para expresar sentimientos mejora la comunicación y genera en el receptor una sensación agradable. Por ejemplo, se descubrió que el ver emoticones genera en el cerebro la misma actividad que viendo el rostro del hablante.
Y también podemos encontrar un antecedente judicial por el erróneo uso de los emoticones. En ese mismo sentido, en Francia un hombre fue condenado a 3 meses de prisión y al pago de 1.100 dólares por enviar el emoticón de una pistola a su ex pareja. La mujer expresó que se sintió amenazada.
En conclusión, los emoticones son un lenguaje incorporado a nuestras formas de comunicación, que expresan y comunican un mensaje. Ese mensaje puede tener las mismas consecuencias jurídicas que el lenguaje escrito.
Sebastián A. Gamen
Profesor - Abogado especialista en Derecho informático y Nuevas tecnologías.
Contacto: www.sebastiangamen.com sag@sebastiangamen.com